miércoles, 18 de junio de 2008

Aprueba la UE la ley para expulsar ilegales

El Parlamento europeo sancionó sin cambios y con amplia mayoría la polémica medida que autoriza la detención y expulsión de los inmigrantes sin papeles

ESTRASBURGO.- Tras casi tres años de debate, el Parlamento europeo aprobó hoy en Francia la polémica ley de expulsión de inmigrantes clandestinos de la Unión Europea (UE) con una confortable mayoría.

Las enmiendas propuestas por los opositores del texto fueron rechazadas y el compromiso alcanzado con los 27 Estados miembros de la UE fue aprobado por 367 votos a favor, 206 en contra y 109 abstenciones.

La norma comunitaria, que ya recibió el visto bueno de los gobiernos de los 27 países de la UE, entrará en vigor dos años después de su publicación oficial.

La votación de hoy escenificó de nuevo la fractura existente en el Parlamento europeo respecto al texto, que para algunos grupos supone un progreso y un marco para salvaguardar los derechos de los inmigrantes, mientras que para otros las garantías que ofrece son insuficientes.

La directiva, que entrará en vigor en 2010 y permite, entre otras medidas, retener a los indocumentados hasta 18 meses antes de su expulsión, tuvo el apoyo de los grupos más conservadores del Europarlamento

La denominada "Directiva Retorno" armoniza las reglas de expulsión de los clandestinos encontrados en territorio europeo, priorizando las partidas voluntarias de los ciudadanos extranjeros en situación irregular.

Muy criticada por la izquierda y muchas ONG, la ley prevé la posibilidad de expulsar al clandestino que no acepte partir por propia iniciativa, con una detención máxima de 18 meses y una prohibición de cinco años de regresar a la UE.

En cuanto a los menores no acompañados, se acepta la posibilidad de que puedan ser devueltos a tutores que no sean familiares directos o a instituciones adecuadas de su país.



Los aspectos más relevantes de la ley

País de retorno.


El texto plantea el principio de "retorno" de todo extranjero en situación irregular (los demandantes de asilo no están concernidos) hacia su país de origen, hacia un país de tránsito con el cual se hayan celebrado acuerdos o hacia otro país al cual el implicado quiera regresar, siempre y cuando sea admitido.

Retorno voluntario.


El "sin papeles" se ve acordar un plazo de 7 a 30 días para su "retorno voluntario", que puede ser ampliado en forma "apropiada" en función de las circunstancias (niños escolarizados, otros vínculos familiares y sociales).

La detención.


Se decide en caso de "riesgo de fuga" o si el "sin papeles" se niega a ser expulsado. El texto garantiza a las ONG acceso a los centros de detención, la posibilidad de recurso efectivo contra la decisión de expulsión y el derecho del clandestino a asistencia jurídica.

Duración de la detención.


La duración máxima de retención es de seis meses, pero puede ser prolongada hasta 18 meses en caso de "falta de cooperación" del clandestino o retrasos para obtener los documentos necesarios de los países terceros. Más allá de los 18 meses, cuando la expulsión parezca imposible, el clandestino recupera su libertad.

Prohibición de entrada.


Una expulsión será seguida de una prohibición de entrada de 5 años, incluso más en caso de "amenaza grave" para el orden y la seguridad.

Menores y familias.


Los menores no acompañados y las familias con menores son colocados en detención especial. El texto garantiza "el acceso a la educación" de los menores y pide a los Estados miembros tomar en cuenta "el interés superior del niño". Pero autoriza la expulsión de menores no acompañados a países en los que no tengan ni tutor ni familia a condición de que haya en ellos "estructuras de recepción adecuadas".

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